El 1° de junio de 2026 fueron publicados los Decretos 407/2026, 408/2026 y 409/2026, que reglamentan aspectos centrales de la Ley 27.802 de Modernización Laboral. Estas normas introducen modificaciones relevantes para trabajadores y empleadores en materia de contratación, período de prueba, recibos de sueldo, licencias médicas, registración laboral y sistemas alternativos de cobertura frente a contingencias laborales.
Punto clave
Algunas medidas buscan simplificar procedimientos administrativos y modernizar herramientas de gestión; otras generan interrogantes que probablemente sean objeto de interpretación por parte de los tribunales laborales en los próximos años. Por eso, cada situación particular debería evaluarse antes de tomar decisiones.
¿Qué es la Ley 27.802?
La Ley 27.802, conocida como Ley de Modernización Laboral, introdujo una serie de reformas destinadas a actualizar distintos aspectos de la legislación laboral argentina. Durante junio de 2026 se reglamentaron varios de sus puntos más importantes mediante los Decretos 407, 408 y 409/2026.
Nuevo recibo de sueldo: más información y digitalización
Uno de los cambios más visibles es la modernización de los recibos de haberes. A partir de la reglamentación, los recibos deberán reflejar de manera más clara y transparente:
- La remuneración bruta.
- Los descuentos aplicados.
- Los aportes del trabajador.
- Las contribuciones patronales.
- El costo laboral total asumido por el empleador.
- La remuneración neta efectivamente percibida por el trabajador.
Además, se impulsa la utilización de recibos digitales y herramientas electrónicas para la documentación laboral.
Certificados médicos digitales
La nueva reglamentación incorpora requisitos vinculados a la digitalización de los certificados médicos utilizados para justificar licencias por enfermedad. En términos generales, se busca fortalecer la trazabilidad y autenticidad de la documentación médica mediante el uso de certificados digitales con firma digital válida.
Reingreso a la misma empresa y antigüedad
Otro aspecto relevante es el tratamiento de la antigüedad cuando un trabajador vuelve a ser contratado por la misma empresa luego de una desvinculación anterior. La reglamentación establece pautas específicas para determinar cuándo corresponde computar la antigüedad previa y cuándo no, circunstancia que puede impactar directamente en el cálculo de futuras indemnizaciones por despido.
Por este motivo, cada caso debe analizarse en función de la fecha de desvinculación y de la nueva contratación.
Cambios en el período de prueba
La reforma laboral también introdujo modificaciones importantes respecto del período de prueba.
Duración
La duración general del período de prueba es de seis (6) meses. Para determinadas pequeñas empresas, la normativa prevé plazos ampliados.
Extinción de la relación laboral
Durante el período de prueba el empleador puede extinguir la relación laboral sin que corresponda la indemnización por antigüedad prevista para los despidos sin causa.
Obligación de registración
El empleador debe registrar correctamente la relación laboral desde el primer día y efectuar los aportes y contribuciones correspondientes. La falta de registración puede implicar la pérdida de los beneficios asociados al período de prueba.
Prohibición de reiterar el período de prueba
La normativa impide utilizar el período de prueba más de una vez respecto de un mismo trabajador.
Cobertura de accidentes y enfermedades
Los trabajadores mantienen la protección legal frente a accidentes de trabajo y enfermedades durante toda la vigencia del período de prueba.
Fondo de Asistencia Laboral (FAL)
Uno de los puntos más novedosos de la reglamentación es la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Este sistema busca establecer mecanismos específicos para afrontar determinadas contingencias laborales mediante fondos especialmente constituidos para tal fin.
¿Cómo funciona?
Los aportes no permanecen dentro del patrimonio del empleador, sino que se canalizan mediante estructuras financieras especialmente reguladas.
Instrumentos habilitados
La normativa prevé que estos fondos puedan instrumentarse a través de:
- Fondos Comunes de Inversión (FCI).
- Fideicomisos Financieros.
- Otros vehículos autorizados y supervisados por la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Protección de los fondos
La reglamentación establece mecanismos de protección patrimonial destinados a garantizar la disponibilidad de los recursos frente a eventuales contingencias del empleador.
Entrada en vigencia
Según la reglamentación, el sistema comenzará a operar efectivamente a partir del 1° de noviembre de 2026.
¿A quiénes aplica la reforma?
Las disposiciones reglamentadas están dirigidas principalmente a empleadores y trabajadores del sector privado. En principio, quedan excluidas las relaciones de empleo público, las cuales continúan rigiéndose por sus respectivos regímenes especiales.
¿Qué impacto pueden tener estos cambios?
La reglamentación de junio de 2026 marca una de las modificaciones más importantes de los últimos años en materia laboral. Si bien algunas medidas buscan simplificar procedimientos administrativos y modernizar herramientas de gestión, otras generan interrogantes que probablemente serán objeto de interpretación por parte de los tribunales laborales en los próximos años.
Por ello, tanto trabajadores como empleadores deberían evaluar cada situación particular antes de adoptar decisiones vinculadas con contrataciones, despidos, licencias médicas o acuerdos laborales.
¿Necesitás asesoramiento laboral?
En TB Abogados asesoramos tanto a trabajadores como a empleadores en consultas vinculadas con despidos, indemnizaciones, registración laboral, licencias, acuerdos laborales y aplicación de la nueva reforma laboral. Podés contactarnos para recibir asesoramiento personalizado sobre cómo estos cambios pueden afectar tu situación concreta.
Dra. Victoria Tassara
Socia Abogada
Abogada egresada de la UBA con matrícula en CABA (CPACF Tº 41 Fº 968), mediadora y conciliadora con experiencia en derecho laboral.
Importante: Este material brinda información general y no reemplaza el asesoramiento legal personalizado. La aplicación de la reforma laboral puede variar según el convenio colectivo, la fecha de los hechos, la documentación firmada y la reglamentación vigente al momento de cada situación.